Potosí y Tarija apoyan, paro cívico cruceño que busca arrebatarles escaños en la cámara de diputados.

De acuerdo a la ley de Ley de distribución de escaños entre departamentos, 7 de octubre de 2013 la asignación de Escaños por el Principio de Proporcionalidad. En cada Departamento se asigna escaños de acuerdo al sistema proporcional de la siguiente forma:

a) Se considera el número de habitantes que tiene cada Departamento.

b) Se divide la población de cada uno de los departamentos, sucesivamente entre los divisores compuestos por números naturales (1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, etc.) en forma correlativa y continua, hasta distribuir el resto de escaños existentes después de la aplicación del principio de equidad.

c) Se ordenan de mayor a menor, los cocientes electorales obtenidos de la operación divisoria, hasta cubrir la cantidad de escaños totales, que quedan después de asignar los mismos por el principio de equidad, a los respectivos departamentos.

d) Se asigna a cada Departamento, la cantidad proporcional de escaños que matemáticamente el corresponde.

III. Esta composición será modificada por Ley de la Asamblea Legislativa Plurinacional, después de un nuevo censo nacional de población.”

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